¿Quién debe contratar un seguro colectivo?
Los seguros colectivos son obligatorios para empresas y autónomos que tienen empleados a su cargo y que están dentro de convenios laborales.
Actualizamos las garantías y los capitales de su seguro de accidentes de convenio según las exigencias de su convenio laboral. Indicado para todos los trabajadores que estén dados de alta en los TC2 de su empresa.
Coberturas del seguro para colectivos
Fallecimiento
Invalidez permanente parcial
Invalidez permanente absoluta
Invalidez permanente total
Gran invalidez
Asistencia sanitaria por accidente
Hospitalización por accidente
Ámbito laboral / 24 h.
Ventajas del seguro colectivo
Para la empresa
Su principal ventaja es que la prima de pago del seguro colectivo es mucho menor en relación a los seguros individuales, destacando que cada trabajador es tratado independientemente, lo que trae beneficios tanto para la empresa como los propios trabajadores.
Para los trabajadores
De igual manera, es necesario resaltar que el seguro colectivo puede ser financiado en su totalidad por la empresa pero también se puede ofrecer la opción al trabajador de poder aumentar la cobertura. Podría por ejemplo incluir a su familia (esposa, hijos, padres) asumiendo únicamente la diferencia. Para ello, la correduría de seguros debe oferecer a los trabajadores diversos planes para que ellos elijan las características y forma de pago.
Seguros colectivos más comunes
Son diversos los tipos de seguros colectivos que las empresas pueden contratar, en función de lo que buscan para el personal: salud, vida, accidentes o jubilación.
En el caso del seguro colectivo de salud, la empresa contrata la asistencia médica primaria y especializada del trabajador, incluye exámenes de diagnóstico, consultas médicas, hospitalización, maternidad, cirugía y la medicina preventiva. Así mismo este tipo de seguros presenta servicios opcionales como asistencia odontológica y oftalmológica.
Por su parte, el seguro colectivo de vida, son los que brindan compensaciones a terceros cuando ocurre fallecimiento o invalidez permanente o absoluta del trabajador asegurado. La aseguradora se encargará de indemnizar al trabajador en caso de que presente una condición que le impida realizar su trabajo a causa de un accidente. Estos seguros presentan limitantes en cuanto a la edad máxima a asegurar.
En el caso del seguro colectivo de accidentes, es el más frecuente en las empresas ya que le brinda al trabajador la cobertura ante cualquier riesgo que se presente en el área laboral que cause detrimento de su salud (lesión, heridas, golpes, fracturas, etc.) o el cese de la misma. Incluye los gastos de asistencia médica, hospitalización, rehabilitación y otras adicionales.
Por último, el seguro colectivo de jubilación es el menos frecuente de los anteriormente señalados. Por medio de un convenio entre la empresa y la aseguradora, se establece un pago de primas que bien puede ser financiado completamente por la empresa o en parte por el trabajador. Se ofrece al trabajador una vez completado su ciclo laboral (años de servicio) gozar de una renta que pudiera ser vitalicia o por un lapso estipulado. Este Seguro de jubilación colectivo le brinda seguridad al trabajador al estar protegido cuando ya alcance la edad legalmente necesaria para jubilarse.